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¿Qué modelos tienes que presentar?
Selecciona tu régimen de IVA e IRPF y te decimos exactamente qué declaraciones tributarias te corresponden y cuándo presentarlas.
Cuéntanos tu situación
Selecciona las opciones que mejor describen tu actividad.
¿Tu actividad lleva IVA?
La mayoría de actividades están en régimen general.
¿Cómo tributa tu IRPF?
La gran mayoría de autónomos están en estimación directa.
¿Tienes clientes en la UE?
Empresas o profesionales de otros países europeos.
Modelos trimestrales
IVA trimestral
Liquidación trimestral del IVA repercutido (cobrado a clientes) menos el IVA soportado (pagado en compras).
Plazo: Abril, julio, octubre · enero (4T)
Pago fraccionado IRPF
Anticipo trimestral del IRPF del año en curso, calculado sobre el rendimiento neto de tu actividad.
Plazo: Abril, julio, octubre · enero (4T)
Modelos anuales
Resumen anual IVA
Resumen de todos los modelos 303 presentados en el año. No implica pago; es solo informativo para Hacienda.
Plazo: Enero del año siguiente (hasta el 30)
Operaciones con terceros
Declaración anual de operaciones con clientes o proveedores que superen los 3.005,06 € en el año.
Aplica si tienes algún cliente o proveedor con el que operes más de 3.005,06 € anuales. La mayoría de autónomos están obligados.
Plazo: Febrero del año siguiente (hasta el 28/29)
Declaración de la Renta (IRPF anual)
Declaración anual del IRPF. Como autónomo, regularizas el año completo, descontando los pagos fraccionados ya realizados.
Plazo: Abril–junio del año siguiente
5 modelos identificados según tu situación.
Los modelos más habituales, explicados
La mayoría de autónomos en régimen general de IVA y estimación directa tienen cuatro obligaciones trimestrales (el 303 y el 130) y tres anuales (el 390, el 347 y la Renta). Es el esquema base sobre el que se añaden el resto según tu actividad.
El modelo 303 es la liquidación de IVA: restas el IVA que has cobrado a clientes menos el que has pagado en tus compras. Si el resultado es positivo, ingresas la diferencia; si es negativo, tienes un saldo a compensar en el trimestre siguiente (o a devolver al final del año con el modelo 390).
El modelo 130 es el pago fraccionado de IRPF: un anticipo del 20% sobre el rendimiento neto positivo acumulado del año, descontando los pagos ya realizados en trimestres anteriores. Al hacer la Renta (modelo 100), se regulariza todo.
Si tienes clientes en la UE, el modelo 349 declara esas operaciones intracomunitarias de forma separada. En la mayoría de casos es trimestral, pero pasa a mensual si superas los 50.000 € de operaciones intracomunitarias en el trimestre.
Resultados orientativos. Esta herramienta te da una estimación basada en los datos que introduces, pero cada situación es diferente y puede haber factores que no contempla. No sustituye al asesoramiento de un profesional.
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